Desde el 12 de febrero hasta el 5 de septiembre de 2024
Desde el 12 de febrero hasta el 5 de septiembre de 2024
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva (Orden de Entrada). Ayuda en régimen de minimis.
Facilitar las iniciativas de emprendimiento, contribuyendo al incremento de su actividad económica, su competitividad y, en definitiva, manteniendo empleos de calidad, a través del apoyo a la financiación de la inversión realizada y pagada.
Los interesados en solicitar esta subvención las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresa que cumplan los siguientes requisitos:
Los gastos subvencionables tendrán que ser realizados y pagados a partir del 30 de septiembre de 2023 y hasta la solicitud de la ayuda (límite 28 de junio de 2024). TODO LO QUE SE INCLUYA EN LA SOLICITUD TIENE QUE ESTAR PAGADO CON ANTERIORIDAD.
Es gasto subvencionable:
La cuantía de la ayuda será la siguiente
Plazo límite de presentación: 30/Sep/2025