Desde el 26 de enero al 26 de septiembre de 2024
Contratación de personas desempleadas pertenecientes a sectores vulnerables
Desde el 26 de enero al 26 de septiembre de 2024
Orden de entrada. Régimen Minimis.
Ayudas que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y, especialmente, de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral.
Incluye cuatro tipos de ayudas compatibles:
A mayores hay que tener en cuenta el Incentivo a la formación (opcional).
El único contrato subvencionable será el de duración indefinida a jornada completa.
Podrán ser entidades beneficiarias las personas autónomas que realicen contrataciones por cuenta ajena y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las empresas que tengan cincuenta o más personas trabajadoras deberán cumplir el cupo de reserva para personas con discapacidad, conforme se dé ocupación, al menos, al 2 % de trabajadores.
Las personas contratadas tendrán que ser personas desempleadas que cumplan alguna de estas condiciones:
Las contrataciones de las personas desempleadas que encajan en alguno de los grupos anteriores tienen que haberse realizado entre el 30 de septiembre de 2023 y el 26 de septiembre de 2024.
Mantener en su plantilla a la persona trabajadora objeto de subvención durante un período mínimo de 36 meses contados desde la fecha de realización de la contratación, del incremento de jornada, de la duración anual del contrato fijo-discontinuo o de la adaptación de puestos.
Plazo límite de presentación: 31/Mar/2025
Plazo límite de presentación: 30/Sep/2025