Tercer trimestre 2025
Tercer trimestre 2025
Subvención en régimen de concurrencia competitiva.
Ayuda de minimis.
El Programa Emega comprende un conjunto de ayudas dirigidas a apoyar la puesta en marcha (líneas Emprende e ITEF), la mejora y la reactivación de iniciativas empresariales constituidas por mujeres (línea Activa), junto con medidas complementarias para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral (ayuda complementaria Concilia).
Depende de la línea a la que se quiera optar:
Depende la línea escogida y de la cantidad de empleo femenino creado o mantenido.
Línea Emprende | |
Puestos de trabajo de mujeres creados | Incentivo (€) |
Creación del puesto de trabajo de la promotora | 10.000 € |
Creación de dos puestos de trabajo para mujeres | 16.000 € |
Creación de tres puestos de trabajo para mujeres | 20.000 € |
Creación de cuatro o más puestos de trabajo para mujeres | 22.000 € |
Línea Activa | |
Puestos de trabajo de mujeres creados o mantenidos | Incentivo (€) |
Mantenimiento del puesto de trabajo de la promotora | 8.000 € |
Creación o mantenimiento dos puestos de trabajo para mujeres | 12.000 € |
Creación o mantenimiento de tres puestos de trabajo para mujeres | 14.000 € |
Creación o mantenimiento de cuatro o más puestos de trabajo para mujeres | 17.000 € |
Línea ITEF | |
Puestos de trabajo de mujeres creados | Incentivo (€) |
Creación del puesto de trabajo de la promotora | 18.000 € |
Creación de dos puestos de trabajo para mujeres | 27.000 € |
Creación de tres puestos de trabajo para mujeres | 32.000 € |
Creación de cuatro o más puestos de trabajo para mujeres | 42.000 € |
Para la línea Concilia las cantidades del incentivo son las siguientes:
Concilia-promotoras: importe máximo 3.000 € por empresa.
Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: importe máximo 5.000 € por empresa.
Las subvenciones establecidas en esta resolución para las líneas Emprende, Innova, Activa e ITEF son incompatibles entre sí y dentro de cada línea solamente podrán ser beneficiarias de un único incentivo. Estos incentivos son compatibles con la ayuda complementaria Concilia prevista en esta resolución.
Asimismo, las ayudas del programa Emega son incompatibles con las establecidas para la misma finalidad y concepto en los distintos programas de promoción del empleo autónomo, de fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales, de iniciativas de empleo y de iniciativas de empleo de base tecnológica convocadas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria, así como con otras ayudas que para la misma finalidad y concepto puedan otorgar otros departamentos de la Xunta de Galicia u otras administraciones públicas.
También son incompatibles con las subvenciones a la contratación por cuenta ajena convocadas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (TR342C Programa Galicia Emprega, TR349W – Ayuda Contratación de Mujeres en ocupaciones infrarrepresentadas, TR353C – Programa Práctica Profesional Jóvenes …), otros departamentos de la Xunta de Galicia o cualquier otra Administración pública, excepto que ya finalizase el período de mantenimiento del empleo exigido en la correspondiente convocatoria. En su caso, la contratación subvencionada a través de incentivos a la contratación por cuenta ajena no se podrá tener en cuenta a los efectos de este programa Emega.