31 de Mayo de 2018
31 de Mayo de 2018
Préstamo. Ayuda en régimen de concurrencia no competitiva
Complementar los instrumentos de financiación pública existentes en el mercado, en dos modalidades diferenciadas:
– Préstamos Igape-BEI-Circulante: Destinados a proporcionar una base de capital circulante estable que permita a las empresas fortalecer su estructura financiera y acometer planes de crecimiento. Pago de proveedores por aprovisionamiento de mercancías, acreedores por prestación de servicios, arrendamientos y/o suministros, gastos de personal, impuestos y tributos, gastos financieros asociados a la operativa, y primas de seguros en cobertura de riesgos asociados a la actividad empresarial.
– Préstamos Igape-BEI-Inversión: Facilitar financiación destinada a inversiones en Galicia, con carácter complementario a la financiación personal.
Podrán ser prestatarios:
Las sociedades holding financieras o las sociedades de leasing no podrán recibir financiación mediante los préstamos regulados en estas bases.
BEI-Circulante
Financiación del capital circulante estructural necesario para el crecimiento del negocio: pago de proveedores por aprovisionamiento de mercancías, acreedores por prestación de servicios, arrendamientos y/o suministros, gastos de personal, impuestos y tributos, gastos financieros asociados a la operativa, y primas de seguros en cobertura de riesgos asociados a la actividad empresarial.
BEI-Inversión
Nuevas inversiones y/o intervenciones de ampliación o mejora de instalaciones existentes, a realizar en la Comunidad Autónoma de Galicia:
– La adquisición de activos productivos materiales. La financiación de la compra de terrenos queda excluido.
– Activos intangibles: Aplicaciones informáticas y adquisición de propiedad intelectual e industrial, incluyendo licencias de fabricación y patentes.
– La creación de redes de distribución en los mercados nacionales u otros dentro de la UE (adquisición de activos o marcas, costes de explotación y costes de personal).
– Aumento con carácter permanente del capital circulante necesario para el crecimiento del negocio.
1.- Préstamos Igape-BEI-Circulante:
El importe mínimo de los préstamos es de 150.000€ y el máximo de 500.000€. Dentro de estos límites, el importe máximo que el Igape podrá conceder será el 25% de la suma de los aprovisionamientos y gastos de personal, con el límite máximo del porcentaje del 50% de los fondos propios, según las cuentas anuales del último ejercicio.
2.- Préstamos Igape-BEI-Inversión:
Se podrán financiar proyectos cuyo inversión financiable esté comprendido entre 150.000€ y 25.000.000€. El importe del préstamo no superará en ningún caso el 50% de la inversión financiable.
No serán financiables aquellos proyectos que puedan ser susceptibles de apoyo al amparo de otros instrumentos financieros gestionados por el Igape en la modalidad de préstamos directos. En particular, serán excluidos aquellos proyectos que puedan ser financiados con los préstamos Jeremie-Igape, u otros programas similares que sean habilitados en el marco del programa operativo Feder 2014-2020.