22 de abril de 2019 a las 14:00
APOYO A LA CONTRATACIÓN
22 de abril de 2019 a las 14:00
Subvención en régimen de concurrencia competitiva. Ayuda en régimen de minimis.
La finalidad de estas ayudas a la contratación consiste en apoyar al tejido empresarial para la contratación laboral de personas en situación de desempleo, para la creación y ampliación del cuadro de personal de pequeñas, medianas empresas y microempresas en cualquiera de las modalidades jurídicas existentes, favoreciendo aquellas actividades económicas recogidas en la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020, consideradas con mejores perspectivas.
Las presentes bases tienen por objeto regular las ayudas de la Línea 3.1: Ayudas a la contratación para la creación y ampliación del cuadro de personal de pequeñas, medianas empresas y microempresas (Pel-Pemes Creación y Ampliación 2019), incluidas dentro de la línea Pel-Pemes: Ayudas a la contratación de personal.
Estos incentivos tendrán la finalidad de favorecer el empleo estable y de calidad a nivel local para que se facilite la empleabilidad de las personas con mayores dificultades de inserción laboral en un contexto de proximidad.
Estas ayudas van dirigidas a pequeñas, medianas empresas, microempresas y personas autónomas promotoras de iniciativas empresariales con ánimo de lucro y que con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria de la ayuda, reúnan los siguientes requisitos:
Cada empresa podrá solicitar la subvención para la contratación de un trabajador durante un período de 12 meses, durante los cuales la subvención cubrirá como máximo el 75% de los costes salariales totales de la persona trabajadora. La contratación tendrá una duración mínima de 12 meses. El contrato podrá tener una duración superior a 12 meses, pero la subvención cubrirá únicamente los 12 primeros meses del contrato. El contrato deberá realizarse en cualquier modalidad de las previstas legalmente e independiente del tipo de jornada.
La cuantía irá en función de los siguientes grupo profesionales:
Incluirá los sueldos y salarios y la seguridad social a cargo de a entidad.
Las actividades para desarrollar al amparo de esta convocatoria, deberán ser entre el 1 de enero de 2019 y hasta un máximo de dos meses a contar desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la resolución de concesión de las
subvenciones.
Las subvenciones concedidas serán compatibles con cualquier otra ayuda concedida al amparo del Plan de Empleo Local y también con cualquier otra ayuda pública (salvo cualquier otra ayuda de la diputación de A Coruña) o privada para los mismos conceptos, sin embargo en ningún caso la suma de las ayudas públicas recibidas para la misma finalidad podrá ser superior al coste del personal subvencionado.