18 de Junio de 2020 (Plazo Reactivado)
18 de Junio de 2020 (Plazo Reactivado)
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.
Ayudas a las pymes, destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de innovación que les permitan el fortalecimiento en aquellas áreas que sean relevantes para la sistematización e internacionalización de los procesos de innovación de la empresa, y estén alineados con las prioridades establecidas en la RIS3 para Galicia.
Podrán ser beneficiarias las microempresas, pequeñas y medianas empresas, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicitan la ayuda.
1. Serán actividades subvencionables aquellas incluidas en un plan de innovación que deberá reunir, necesariamente, las siguientes características:
a) Deberá reunir una serie de actividades que constituyan un conjunto completo y homogéneo que permita implementar o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.
b) Las actividades incluidas en el plan deben implicar una o varias de estas opciones, desglosadas en el catálogo que se adjunta como anexo I:
b.1) Actividades de innovación, destinadas principalmente a corregir deficiencias de mercado relacionadas con externalidades positivas (desbordamiento del conocimiento), deficiencias de coordinación y, en menor medida, información asimétrica; estas actividades comprenderán la obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, el envío en comisión de servicio de personal altamente cualificado y la adquisición servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación.
b.2) Innovación en materia de procesos: la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipaciones o programas informáticos). No se incluyen los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.
b.3) Innovación en materia de organización: la aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa. No se incluyen los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.
c) Deberá estar alineado con alguna de las prioridades de la RIS3 para Galicia (anexo II).
d) El presupuesto subvencionable será de un mínimo de 80.000 euros y de un máximo de 200.000 euros.
e) Su duración mínima será de un año y la máxima se extenderá hasta el 30 de noviembre de 2021.
Se considerará que las ayudas tienen un efecto incentivador si la solicitud de ayuda se ha presentado antes del comienzo del plan.
En consecuencia, la fecha de inicio de las actividades integradas en el Plan de innovación deberá ser siempre posterior a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. De no cumplirse esta condición, no se podrá financiar ningún gasto derivado de dicho plan.
Las ayudas se concederán en forma de subvenciones. La cuantía máxima de la ayuda será el 50%.
Serán compatibles con la percepción de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o internacional, salvo que se superen las intensidades máximas de ayuda.