A partir del 16 de julio hasta el 1 de diciembre de 2021
A partir del 16 de julio hasta el 1 de diciembre de 2021
Subvención en régimen de Concurrencia No Competitiva.
ORDEN DE ENTRADA
Apoyar proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso racional de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de electricidad mediante paneles solares fotovoltaicos
Podrán optar las empresas (incluidas PYMES) y autónomos.
Con el objetivo de garantizar el correcto funcionamiento de la instalación, con carácter general, cuando sea de aplicación, se cumplirá el Reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT) o de alta tensión en su caso. Por otro lado, se establece un rendimiento mínimo del panel fotovoltaico del 17 % para que el proyecto sea subvencionable.
La potencia máxima de los paneles fotovoltaicos del proyecto será de 100 kWp. La inversión elegible máxima por potencia unitaria (sin IVA) estará limitada por los 840 €/kWp que podrán incrementarse hasta los 1100 €/kWp en el caso de que se instale un sistema de baterías de litio con una capacidad de acumulación en kWh igual o superior a la potencia pico de la instalación.
1. Los paneles solares fotovoltaicos.
2. El acondicionamiento de la energía eléctrica (inversores, convertidores, reguladores, cuadros eléctricos, elementos de interconexión, protecciones, cableado, equipamientos de medidas y otros equivalentes), monitorización (sensores, adquisición de datos, comunicación remota y otros equivalentes) y sistema de acumulación con baterías.
3. El resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
4. El coste de montaje y conexionado.
La intensidad será de un 30 % de la inversión para pequeñas empresas y de un 25 % de la inversión para medianas empresas.
La cuantía máxima de la ayuda por empresa y proyecto será de 40.000 €.
Otras subvenciones, ayudas y avales.