18 de Mayo de 2017
18 de Mayo de 2017
Subvención en régimen de concurrencia competitiva.
Apoyar proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones de equipos térmicos que utilicen biomasa como combustible con un esquema de funcionamiento basado en una generación térmica centralizada y una distribución de esta energía a los puntos de consumo mediante redes.
La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 30 de septiembre de 2018. En todo caso, y como mínimo, deberá de presentar el proyecto técnico de ejecución firmado por técnico competente antes de 1 de diciembre de 2017.
Beneficiarios | Porcentaje máximo de ayuda |
Entidades locales y las entidades de la misma dependientes | 80% |
Sector público autonómico | 80% |
Empresas, sus agrupaciones y asociaciones. En el caso de pequeñas empresas, la ayuda se incrementará en 20 puntos porcentuales, y en el caso de medianas empresas, en 10 puntos porcentuales | 50% |
La cuantía máxima de la ayuda por proyecto o por solicitante será de 1.000.000€.
Las subvenciones reguladas en estas bases están financiadas con fondos Feder y, por lo tanto, serán incompatibles a nivel de partida de gasto con cualquier otra ayuda que lleve cofinanciación comunitaria, independientemente del fondo de procedencia y su tipología.
Con la puntualización anterior, las subvenciones concedidas al amparo de estas bases reguladoras serán compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se supere el 100% de la inversión subvencionable o, en su caso, el límite máximo establecido en la normativa que resulte de aplicación.