Desde el 6 de abril hasta el 31 de agosto de 2022
Desde el 6 de abril hasta el 31 de agosto de 2022
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva. ORDEN DE ENTRADA
Ayuda en régimen de mínimis.
Realización de proyectos de mejora energética, destinadas a pymes y autónomos con actividad económica en el campo del comercio, hostelería o artístico-recreativo y otros servicios, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia
Podrán optar a esta subvención las Pymes y Autónomos que estén en algunos de estos grupos (CNAE 2009):
Serán subvencionables los gastos e inversiones realizados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2022, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los proyectos financiables serán los siguientes:
La cuantía máxima será de 6.000 € por solicitud, con una intensidad de un 80 % de la inversión. La inversión mínima para que las actuaciones sean subvencionables debe ser de 1.000 € por solicitud, sin incluir el IVA.
Las subvenciones concedidas al amparo de estas bases reguladoras serán compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se supere el 100 % de la inversión subvencionable
Otras subvenciones, ayudas y avales.