Serán actividades subvencionables aquellas incluidas en un Plan de Innovación que deberá reunir, necesariamente, las siguientes características:
- Deberá reunir una serie de actividades que constituyan un conjunto completo y coherente que permita implementar y/o incrementar las capacidades innovadoras de la empresa solicitante.
- No podrán estar iniciados antes de la solicitud.
- Tiene dos anualidades:
- Primera anualidad: desde la solicitud de la ayuda al 30 de octubre de 2025.
- Segunda anualidad: desde el 1 de noviembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026.
- Deberá de estar alineado alineados con los retos de la RIS3 para Galicia.
- Las actividades que se subvencionan serán:
- Actividades de Innovación en procesos, hace referencia a innovar en un proceso nuevo y mejorado para una o más funciones de negocio que difieren significativamente del proceso de negocio anterior de la empresa y que se ponen en uso por primera vez en la empresa.
- Actividades de Innovación en organización, hace referencia a un método nuevo o mejorado para una o más funciones relativas a la organización empresarial y sus interacciones, que difieren significativamente de los métodos anteriores de la empresa y que se ponen por primera vez en la empresa.
Para Actividades de Innovación en Procesos los gastos serán los siguientes:
- Métodos de fabricación o producción de bienes o servicios innovadores
- Sistemas logísticos y métodos de entrega o distribución.
- Métodos de procesamiento de información o comunicación con intensificación tecnológica.
- Métodos de marketing para promoción, embalaje, fijación de precios, posicionamiento del producto o servicios post-venta. No se admitirán implementaciones finalistas y por tanto directamente vinculados a objetivos y retornos comerciales.
- Innovación en procesos con beneficios medioambientales que genera impactos medioambientales positivos o reduce los negativo en comparación con los anteriores empleados en la empresa.
- Testado a escala preindustrial y pilotos de tecnologías facilitadoras (TFE) relacionadas con la nanotecnología, biotecnología, materiales avanzados y fabricación y procesamiento avanzado, en las que se incluyen específicamente la inteligencia artificial, ciberseguridad, impresión 3D, automatización avanzada y robótica, realidad aumentada, etc.
Para Actividades de Innovación en Organización los gastos serán los siguientes:
- Creación de departamentos y unidades de I+D+i:
- Creación y ampliación de la capacidad tecnológica estable dentro de las empresas mediante la contratación de personal especializado.
- Creación de estructuras de investigación e innovación de dimensión apropiada para la generación de desarrollo tecnológico y no asociadas a la actividad productiva
- Diseño y desarrollo de nuevos procesos de organización que impacten, entre otros: en los métodos de producción, distribución, así como la experiencia del usuario, tanto en el sector industrial como de servicios.
- Validación, a través de pilotos, de nuevos métodos organizacionales en el negocio, en la organización del trabajo, entre las que figuran la definición e introducción de nuevas iniciativas de innovación que supongan cambios en la gestión interna de la organización interna de la empresa y propicien su participación en redes empresariales.
- Validación a través de pilotos, de nuevos métodos o metodologías enfocadas a la:
- Mejora organizacional en el negocio o la organización del trabajo
- Gestión del conocimiento o la toma de decisiones.
- Gestión de los recursos humanos y la responsabilidad social.
- Relaciones hacia el exterior (con proveedores, clientes, intermediarios…).
- Establecimiento de relaciones de cooperación e innovación abierta.
- Redefinición de las estrategias de comercialización y relación con clientes y proveedores o la apertura de nuevos mercados. No se incluyen las actuaciones relativas a la comercialización que no puedan ser considerados pilotos de innovación.