Desde el 20 de enero al 1 de diciembre de 2025
Desde el 20 de enero al 1 de diciembre de 2025
Subvención por Orden de entrada.
Ayuda en régimen de mínimis.
Las ayudas tienen por objeto financiar las siguientes modalidades de préstamos:
Empresas que cumplan los siguientes requisitos:
También podrán ser beneficiarios personas físicas, agrupaciones, sociedades civiles y comunidades de bienes que cumplan los requisitos anteriores. En este caso, se deberá nombrar un representante único.
Exclusiones:
Los proyectos deben ser viables y cumplir los siguientes requisitos específicos según la modalidad:
No se financiarán sustituciones de bienes sin mejora productiva, traslados de centros sin mejora competitiva, amortizaciones, saneamiento de cuentas ni refinanciación de deudas.
Importe:
Reembolso: plazos y carencias ajustados al plan económico-financiero, con un máximo de 12 años para inversiones estratégicas.
Tipo de interés: fijo o variable con bonificaciones de hasta 5 puntos porcentuales.
Garantías: adecuadas a cada operación según las características del proyecto y del beneficiario.
Derecho privado: los contratos se regirán por el derecho privado.
Préstamos para inversiones estratégicas
Préstamos para concentración de empresas
Préstamos para desarrollo tecnológico e innovación
Préstamos para operativa de la industria auxiliar naval
Compatibles con otras ayudas, siempre que no se superen los límites de intensidad establecidos por la normativa aplicable.