Desde el 29 de julio hasta el 8 de septiembre de 2022
Desde el 29 de julio hasta el 8 de septiembre de 2022
Subvención en régimen de Concurrencia Competitiva.
Ayuda en Régimen de Mínimis.
Puesta en marcha de proyectos para el desarrollo de la economía circular cuya finalidad sea el desarrollo e implantación de soluciones avanzadas para la producción, transporte y distribución de materias primas, componentes, semielaborados y productos finales, consiguiendo reducciones y ahorros en la utilización de recursos naturales, agua y energía y reducción en la generación de desperdicios, subproductos o deshechos, con la tendencia de convertir los desperdicios en recursos de uso en otros procesos productivos.
Las Pequeñas y Medianas empresas podrán solicitar proyectos individuales.
Para poder solicitar proyectos colectivos habrá que constituir una agrupación de empresas.
No podrán acceder a esta subvención empresas que sean prestadoras de los mismos o similares servicios o suministradoras de los mismos o similares equipos para los que solicitan la ayuda.
Los proyectos podrán ser individuales o colectivos, estos últimos tendrán prioridad.
1) Reducción del consumo de recursos en el proceso productivo
2) Reducir la generación de residuos en el proceso productivo, la peligrosidad de los mismos y/o facilitar su reutilización, valorización y/o reciclaje:
3) Análisis del ciclo de vida del producto:
4) Identificación e implementación de nuevas oportunidades de negocio que persigan la reutilización y reparación de los productos.
5) Servitización: reducción del consumo de recursos con el cambio de enfoque a prestación de servicios.
6) Reacondicionamiento, remanufactura y reparación avanzada.
7) Creación de cadenas de valor más cortas.
Solo se podrán subvencionar los siguientes conceptos de gasto:
a) Sensores, equipos y sistemas para la medición, monitorización, seguimiento y control de parámetros productivos y ambientales.
b) Hardware y software inteligente para proceso de la información cuando sirva al ahorro de insumos y de consumo de recursos hídricos o energéticos o bien para la reducción de la producción de desperdicios.
c) Nueva maquinaria y bienes de equipo, únicamente para la reutilización o reciclaje in situ de desperdicios producidos en los procesos de la empresa.
d) Colaboraciones externas de carácter tecnológico, de diseño de procesos o productos más eficientes u organizativo: asistencia técnica, eco-diseño, reingeniería de procesos, adaptación y parametrización de soluciones, consultoría y servicios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. Las colaboraciones externas subvencionables deberán contribuir a los objetivos específicos del proyecto y, por lo tanto, no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad, ni cualesquiera otros no vinculados directamente al objeto de la economía circular previstos en el proyecto. Las colaboraciones externas no podrán superar el 60 % de los costes totales subvencionables.
No se podrá llevar a cabo ningún gasto antes de la solicitud. Los bienes objeto de la inversión deberán ser adquiridos por el beneficiario en propiedad. Los bienes y servicios subvencionados deberán ser adquiridos a terceros.
El importe máximo de la subvención será de 200.000 € para proyectos colectivos y 75.000 € para proyectos individuales.
Los proyectos tendrán un gasto subvencionable mínimo de 12.000 €.
La intensidad de la ayuda será la siguiente para cada concepto subvencionable:
Las pymes beneficiarias de subvención a inversiones deberán aportar una contribución financiera a estas, exenta de cualquier tipo de apoyo público, de al menos un 25 % de los costes, ya sea mediante sus recursos propios o mediante financiación externa.
Esta subvención es compatible con otras ayudas mientras se respete el 25 % mínimo de inversión libre de apoyo público.