Desde el 4 de diciembre hasta el 28 de febrero de 2021, salvo agotamiento del crédito.
Desde el 4 de diciembre hasta el 28 de febrero de 2021, salvo agotamiento del crédito.
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva. ORDEN DE ENTRADA
Ayuda en régimen de mínimis.
En este contexto de incertidumbre se impone una nueva realidad que es el incremento del uso de las terrazas, por lo que se considera oportuno adoptar medidas dirigidas a la instalación y reforma de estos espacios, no solo para crear espacios seguros sino también espacios atractivos, de calidad y confortables para su uso a lo largo de todo el año.
Asimismo, el servicio de entrega a domicilio o de recogida en el local para el consumo en el domicilio se configura como una opción complementaria a la actividad del sector de la hostelería y restauración que es cada vez más demandada por el consumidor, por lo que se requiere una adaptación a esta nueva realidad y se establecen ayudas para la adquisición del material de envasado y embalaje para un transporte en condiciones de idoneidad y sostenibilidad.
Podrán ser beneficiarias las PYMES cualquiera que sea su forma jurídica. Se exime a las personas beneficiarias de esta subvención del requisito de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social o frente a la Administración pública de la Comunidad Autónoma, en el momento de la concesión de la ayuda y del pago del anticipo concedido. Además se deberán de cumplir los siguientes requisitos:
Estas ayudas tienen como objeto subvencionar las siguientes actividades:
1. Instalación, reforma y adecuación de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración, sitas en espacios públicos o privados, en la Comunidad Autónoma de Galicia. La terraza en todo caso, deberá ser un espacio no cubierto o, en el caso de estar cubierto, estar rodeado por un máximo de dos laterales. Se considerará subvencionable en todo caso:
En todo caso todos elementos anteriormente citados deberán de respetar la normativa municipal. Se recomienda que los materiales y los acabados de remate de los elementos utilizados respondan a un criterio de armonización con la edificación y con el espacio público en el que se sitúen.
2. La adquisición de elementos sostenibles de envasado y embalaje de comida y bebidas para el servicio de entrega a domicilio o de recogida en el propio establecimiento. Todos los elementos del packaging deberán ser 100% biodegradables. En el caso de ser de plástico, deberán ser compostable, que cumplan los requisitos de la norma europea vigente.
La inversión mínima subvencionable será 1.500 € y se financiará hasta un 80% de la inversión. La inversión máxima subvencionable será:
La cuantía máxima de la subvención combinando el máximo de todos los proyectos subvencionables será de 20.000 €. Se podrá solicitar un anticipo de hasta un 50% de la subvención concedida.
Serán subvencionables los gastos e inversiones, realizados a partir del 1 de octubre de 2020.
Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas destinadas a las mismas actuaciones.
Otras subvenciones, ayudas y avales.