Del 26 de febrero a las 08:00 hasta el 24 de abril de 2022.
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Subvención en régimen de concurrencia no competitiva. ORDEN DE ENTRADA.
Ayuda en régimen de mínimis.
Apoyar a las empresas gallegas en sus procesos de internacionalización digital conscientes de que el desarrollo de las tecnologías digitales supone un enorme potencial para la mejora de la competitividad en los mercados internacionales, considerando que el desarrollo de planes empresariales de internacionalización digital repercuten en las posibilidades de negocio, posibilitando la presencia en mercados, facilitando el acceso a clientes, reduciendo los costes de transacción y publicidad, y permiten abrir canales comerciales nuevos, aportando así medios más eficaces para la potenciación de actividades económicas internacionales y el incremento de las exportaciones. Siendo el objeto último de estas bases el desarrollo y la implementación de un Plan de internacionalización digital de empresa, y las necesidades específicas en materia de marketing digital internacional del comercio minorista.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Las pequeñas y medianas empresas.
b) Que tengan algún centro de trabajo radicado en Galicia. La empresa debe tener como mínimo tres trabajadores por cuenta ajena, antes de la solicitud.
c) Que tengan un importe de facturación en el último ejercicio con obligación de depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil, o de presentación de la declaración de la renta, como mínimo del doble del presupuesto del proyecto presentado por la empresa en su solicitud de ayuda.
d) Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.
e) Que estén dadas de alta en programas avanzados de IGAPE de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. En todo caso la solicitud de alta en programas avanzados de IGAPE de apoyo a la internacionalización, deberá presentarse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del IGAPE IG192 excepto los comercios minoristas.
f) Que estén al día de sus obligaciones con la Hacienda Pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.
Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por empresa, con un gasto subvencionable mínimo igual o superior a 18.000 € y máximo de 100.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustar el gasto al límite máximo. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo. En el caso de empresas del sector de la producción agraria y de la pesca el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 14.000 € y máximo de 37.500 €.
Las inversiones podrán llevarse a cabo después de la solicitud (proyectos no iniciados).
Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores.
Se considerarán gastos subvencionables todos aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del plan para el cual fueron concebidos. En concreto, se subvencionan los siguientes tipos de gastos:
A. CONSULTORÍA necesaria para la elaboración de:
a) Diagnóstico de potencial exportador digital. Este análisis debe como mínimo analizar la madurez digital e internacional de la empresa y justificar las oportunidades de una estrategia de internacionalización digital para la empresa teniendo en cuenta sus recursos. Gasto subvencionable máximo: 3.000 euros.
b) Planes de internacionalización digital multicanal. Estos planes deben incluir como mínimo una investigación, evaluación y selección de mercados y canales de ventas teniendo en cuenta el potencial exportador digital de la empresa y sus recursos disponibles. Gasto subvencionable máximo: 3.000 euros.
c) Planes de mercados electrónicos concretos. Estos planes deben de contener como mínimo la estrategia y las acciones necesarias para diseñar, programar, conectar y posicionar tiendas y catálogos online multi-idioma. Así como un análisis SEO de web, catálogos online y/o tiendas online. Análisis SEO por mercado geográfico para Google y/o buscadores de referencia (Baidu, Yandex para China y Rusia, por ejemplo), y/o SEO en marketplaces tipo Amazon, AliExpress, eBay. Gasto subvencionable máximo: 5.000 euros.
d) Gastos de asesoría jurídica y legal para la internacionalización digital. Aquellos que se relacionen directamente con la operativa digital internacional como la adaptación al Reglamento general de protección de datos y, en general, a la operativa import- export en el comercio electrónico. Gasto subvencionable máximo: 5.000 euros.
B. SOFTWARE de:
a) Soluciones tecnológicas P.I.M. ( Product Information Management) para crear, gestionar y conectar catálogos digitales internacionales multi-idioma. Gastos subvencionable máximo: 6.000 euros.
b) Adquisición, programación a medida e integración de conectores entre plataformas y con sistemas de información ( ERPs). Gasto subvencionable máximo: 20.000 euros.
c) Soluciones de analítica y visualización de datos para elaborar cuadros de mando con indicadores ( KPI´s) para el seguimiento y optimización de canales de ventas y de marketing online. Gasto subvencionable máximo: 20.000 euros.
d) Soluciones de inteligencia automatizada para la optimización de la supply chain y del fullfillment, por ejemplo, para la venta predictiva y el aprovisionamiento. Gasto subvencionable máximo: 18.000 euros.
C. OTROS GASTOS de:
a) Creación y adaptación de catálogos online para el marketing y ventas en mercados electrónicos objetivo, tanto B2B cómo B2C. Gasto subvencionable máximo: 4.000 euros.
b) Campañas de posicionamiento SEM en directorios internacionales con buscadores y en plataformas, incluidos gastos de agencia. Gasto subvencionable máximo: 12.000 euros.
c) Soluciones de software de pago por uso de las mencionadas en el apartado B.. Gasto subvencionable máximo: 20.000 euros.
d) Soluciones de inbound marketing internacional para lograr captar, retener, convertir y fidelizar a usuarios de interés objetivo del negocio online. Se incluye desde la compra de las soluciones tecnológicas, su integración y también su gestión como servicio a vendedores online por parte de agencias. Gasto subvencionable máximo: 6.000 euros.
e)Creación y adaptación de tiendas en línea. Gasto subvencionable máximo: 9.000 €.
La subvención será de un máximo del 80% de los gastos subvencionables mencionados anteriormente.
Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o subvenciones públicas siempre que la cuantía de las ayudas acumuladas no supere el 100% del gasto subvencionable.
Otras ayudas, subvenciones y avales.