Hasta el 21 de Mayo de 2020 (Plazo Reactivado)
Hasta el 21 de Mayo de 2020 (Plazo Reactivado)
En concurrencia competitiva. Régimen de minimis.
Esta subvención tiene por objeto la concesión de subvenciones para la ejecución de proyectos ecoinnovadores en el desarrollo de la actividad comercial.
Podrán ser beneficiarios, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que, en todo caso, cumplan, además, los siguientes requisitos:
Para comerciantes minoristas:
También podrán optar a esta subvención:
1. ECOENVASES:
Soluciones sostenibles de empaquetado de producto y para su envío, en su caso, con la utilización de materiales cien por cien biodegradables. Podrán acogerse en este apartado soluciones sostenibles de envasado, empaquetado exterior, tanto para su envío como para la presentación del producto, protección o para su consumo.
2. ECONOMÍA CIRCULAR:
Se considera subvencionable la implantación o puesta en marcha de proyectos de ecoinnovación comercial, que podrán referirse a las siguientes áreas:
a) Procesos de economía circular, incluyendo proyectos de modelos de negocio donde al menos el 70 % de la oferta de producto no sea de primera manufactura.
b) Venta de productos elaborados con residuos o materiales reciclados, que supongan por lo menos el 30 % de las referencias del establecimiento comercial.
c) Proyectos de recogida de envases del propio establecimiento comercial, con o sin incentivos para el cliente, para su posterior reutilización por el establecimiento comercial.
d) Proyectos de negocios que introduzcan al menos el 70 % de la oferta de productos con etiquetado ecológico.
e) Venta a granel de productos que habitualmente se presentan envasados, siempre que supongan al menos el 70 % de las referencias del establecimiento comercial.
3. INSTALACIÓN DE MÁQUINAS DE RECICLAJE DE ENVASES CON INCENTIVOS.
Se consideran subvencionables los proyectos de instalación de máquinas de reciclaje de envases con incentivos (reverse vending), donde se recojan envases a cambio de dinero o vales. El proyecto deberá consistir en la instalación y puesta en funcionamiento de la máquina, así como la recogida periódica por parte de una empresa o entidad para su posterior reciclaje.
La inversión máxima subvencionable para este apartado será de 4.000 €, IVA excluido, y el porcentaje de la subvención será del 70 %
La subvención consistirá en una ayuda por beneficiario de 1.500 € para el impulso de proyectos ecoinnovadores que incluyan las actuaciones descritas en este apartado.
La inversión máxima subvencionable será de 7.000 €, IVA excluido, y el porcentaje de subvención será del 50 % de la inversión máxima subvencionable.
Las subvenciones previstas en esta orden serán incompatibles con cualquier otra de las reguladas por esta consellería y entes dependientes, para los mismos conceptos subvencionables y misma persona beneficiaria. Solo sera compatible con la ayuda CO300C- Proyectos de expansión comercial y nuevas fórmulas de comercialización en el sector comercial y artesanal convocada el año 2020
El importe de las subvenciones reguladas en esta orden en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras ayudas y subvenciones de las distintas administraciones o cualquiera de sus entes públicos y privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la inversión subvencionable.