Desde el 10 de abril al 10 de mayo de 2024 hasta las 12:00 horas
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Concurrencia competitiva.
La puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora a y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología, contribuyendo al emprendimiento y acelerando la transferencia de conocimiento desde organismos de investigación públicos y universidades.
Deberán de cumplir los requisitos para considerarse Empresa Innovadora:
– Que pueda demostrar, mediante una evaluación realizada por un experto externo, que desarrollará, en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
– Cuyos costes de investigación y desarrollo representen un mínimo del 10 % del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda o, si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, según la auditoría del ejercicio fiscal en curso, de conformidad con la certificación de un auditor externo.
Además de los anteriores requisitos, habrá de cumplir los específicos de esta convocatoria:
– Estar constituidas, como máximo, en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda a la presente convocatoria y como mínimo 6 meses antes del fin del plazo de solicitudes.
– Contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
– Deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de cuentas anuales.
– No estar cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
– No haber distribuido beneficios.
– No haberse hecho cargo de la actividad de otra empresa ni haber surgido de una operación de concentración.
– No haber sido beneficiario del Programa Neotec en anteriores convocatorias.
Las intensidades serán las de la siguiente tabla
TIPOLOGIA DE PROYECTO | PEQUEÑA EMPRESA | MEDIANA EMPRESA | GRAN EMPRESA |
Investigación Industrial | 70% | 60% | 50% |
a) Colaboración con empresas o entre una empresa y un organismo de investigación, o | 80% | 75% | 65% |
b) Amplia difusión de los resultados. | |||
Desarrollo experimental | 45% | 35% | 25% |
a) Colaboración con empresas o entre una empresa y un organismo de investigación, o | 60% | 50% | 40% |
b) Amplia difusión de los resultados. |
Estas ayudas podrán financiar hasta el 70% del presupuesto de cada uno de los proyectos empresariales que opten a este programa, con un máximo de 250.000 euros por beneficiario y con una inversión subvencionable mínima de 175.000 euros, por lo que la ayuda mínima será de 122.500 €
Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.
Se podrán financiar los siguientes gastos:
Las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2025, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2025, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2026, si el proyecto tiene una duración de dos años.
Plazo límite de presentación: 31/Mar/2025