Desde el 10 de enero al 26 de junio de 2024
Desde el 10 de enero al 26 de junio de 2024
Subvención en régimen de concurrencia no competitiva. ORDEN DE ENTRADA
Ayuda en régimen de mínimis.
Realización de proyectos de mejora energética, destinadas a pymes y autónomos del Sector Servicios, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia
Podrán optar a esta subvención las Pymes y Autónomos del Sector Servicios cuya actividad este incluida en alguno de los siguientes CNAE 2009:
Serán subvencionables los gastos e inversiones realizados entre el 1 de enero y el 2 de octubre de 2024, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los proyectos financiables serán los siguientes:
La cuantía máxima será de 6.000 € por solicitud, con una intensidad de un 80 % de la inversión. La inversión mínima para que las actuaciones sean subvencionables debe ser de 1.000 € por solicitud, sin incluir el IVA. Posibilidad de adelanto del 50 %.
El coste máximo de diagnósticos y auditorías será según la tabla. La Cuantía del bono asesoramiento energético es independiente del resto de la ayuda:
Consumo del centro de trabajo (kWh/año) | Coste elegible máximo diagnóstico (€) | Coste elegible máximo auditoría (€) |
Hasta 5.000 | 500 € | 1.000 € |
De 5.000 a 25.000 | 1.000 € | 2.000 € |
De 25.000 a 100.000 | 2.000 € | 4.000 € |
Más de 100.000 | 3.500 € | 7.500 € |
Las subvenciones concedidas al amparo de estas bases reguladoras serán compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se supere el 100 % de la inversión subvencionable
Plazo límite de presentación: 31/Mar/2025