hasta el 25 de noviembre
hasta el 25 de noviembre
Subvención en régimen de concurrencia competitiva. Ayuda en régimen de minimis.
El objeto del PEL-REACTIVA, es constituir un fondo de financiación que facilite a los ayuntamientos de la provincia de A Coruña de menos de 50.000 habitantes los recursos necesarios para mitigar el excepcional impacto económico y social en la provincia de A Coruña, derivado de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
La finalidad de estas ayudas es facilitar medios a las microempresas y personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas de los municipios de menos de 50.000 habitantes adheridos al Fondo de Financiación, para hacer frente a las consecuencias derivadas de la crisis motivada por la COVID-19, y contribuir a su recuperación y viabilidad en el nuevo contexto socioeconómico.
Estas ayudas van dirigidas a autónomos con o sin trabajadores a su cargo y microempresas, cualquier que sea su forma jurídica, que se encuentren en alguno de los supuestos indicados a continuación:
Grupo I: Que se vieran afectados por el cierre en virtud del dispuesto en el RD 463/2020, del 14 de marzo, por lo que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y su modificación aprobada en el RD 465/2020, del 17 de marzo.
Grupo II: Que no se vieran afectados por el cierre, pero cuya facturación en el segundo trimestre fiscal de 2020 se había visto reducida, por lo menos, en un 75% en relación con el promedio efectuado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma.
Grupo III: Que se habían visto en el deber de acogerse la un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), en los términos establecidos en el RD 465/2020, del 17 de marzo.
Además los beneficiarios deberán de cumplir los siguientes requisitos:
Esta es la lista de todos los municipios adheridos en esta Línea de ayudas:
Abegondo, Ames, Aranga, Ares, Arteixo, Arzúa, A Baña, Bergondo, Betanzos, Boimorto, Boiro, Boqueixón, Brión, Cabana de Bergantiños, Cabanas, Camariñas, Cambre, A Capela, Carballo, Cariño, Carral, Cedeira, Cee, Cerceda, Cerdido, Coirós, Corcubión, Coristanco, Culleredo, Curtis, Dodro, Dumbría,, Fene, Fisterra, Frades, Irixoa, A Laracha, Laxe, Lousame, Malpica de Bergantiños, Mañón, Mazaricos, Melide, Mesía, Miño, Moeche, Monfero, Mugardos, Muros, Muxía, Narón, Neda, Negreira, Noia, Oleiros, Ordes, Oroso, Ortigueira, Outes, Oza-Cesuras, Paderne, Padrón, O Pino, A Pobra do Caramiñal, Ponteceso, Pontedeume, As Pontes de García Rodríguez, Porto do Son, Rianxo, Ribeira, Rois, Sada, San Sadurniño, Santa Comba, Santiso, Sobrado, As Somozas, Teo, Toques, Tordoia, Touro, Trazo, Val do Dubra, Valdoviño, Vedra, Vilarmaior, Vilasantar, Vimianzo, Zas.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables dentro de esta línea, aquellas actividades que estén dentro de los siguientes conceptos de gasto (solo gasto directo):
La valoración de las solicitudes se realizará por los grupos de beneficiarios anteriormente citados. Tendrán prioridad para la concesión, los solicitantes pertenecientes al grupo I de beneficiarios que habían obtenido mayor puntuación. Si atendiendo al límite presupuestario fijado para cada ayuntamiento hay crédito disponible, este se destinará a cubrir las solicitudes con mayor valoración del Grupo II y por último las del Grupo III con mayor valoración, hasta agotar el crédito disponible.
CRITERIOS DE VALORACIÓN | ASPECTOS QUE SE VAN A VALORAR | PUNTUACIÓN MÁXIMA
35 puntos |
TIPOS DE EMPRESA (MÁXIMO 10 PUNTOS) | Empresario individual (autónomo), y empresa entre 6 e 9 asalariados | 10 |
Empresario individual (autónomo), y empresa entre 2 e 5 asalariados | 8 | |
Empresario individual (autónomo), y empresa con un solo asalariado/a | 6 | |
Empresario individual (autónomo) sin asalariados | 5 | |
FORMA JURÍDICA DE LA EMPRESA (MÁXIMO 8 PUNTOS) | Enmarcada en la economía social: cooperativas y sociedades laborales | 8 |
Otras con personalidad jurídica | 6 | |
N.º DE MUJERES CONTRATADAS (MÁXIMO 5 PUNTOS) | Entre 6 y 9 | 5 |
Hasta 5 | 3 | |
N.º DE PERSONAS DISCAPACITADAS CONTRATADAS (MÁXIMO 5 PUNTOS) | Entre 6 y 9 | 5 |
Hasta 5 | 3 | |
N.º DE MENORES DE 30 AÑOS CONTRATADOS (MÁXIMO 5 PUNTOS) | Entre 6 y 9 | 5 |
Hasta 5 | 3 | |
EMPLEO DE LA LENGUA GALLEGA (MÁXIMO 2 PUNTOS) | Empleo de la lengua gallega en la realización de las actividades o conductas para las que se solicita la ayuda | 2 |
El importe de la subvención será el siguiente:
Trabajadores por cuenta propia o autónomos, sin trabajadores a su cargo 1.500 €.
Trabajadores por cuenta propia o autónomos con trabajadores a su cargo y microempresas:
Estas ayudas son compatibles con cualquiera otra concedida por entidades públicas o personales, siempre que el importe total de las ayudas percibidas por el mismo concepto no supere el costo total de los gastos subvencionables por las presentes ayudas, y hasta un máximo de 40.000 €. El importe de ayuda a conceder será aminorada en la cantidad que exceda de este límite.