Fin del plazo 27 de mayo de 2019
Fin del plazo 27 de mayo de 2019
Subvención en régimen de concurrencia competitiva.
Apoyar proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso racional de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de energía térmica mediante equipos que utilicen biomasa como combustible y otras instalaciones de energías renovables que utilicen como fuente energética la geotermia, la aerotermia y la solar térmica.
a) El equipo principal de generación energética (paneles solares, bomba de calor, caldera, …).
En el caso de la biomasa, el coste del equipo térmico y sus accesorios principales (sistema de regulación y control, sistemas de limpieza, depuración de humos, extracción de cenizas).
b) El resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
c) El coste del sistema de almacenamiento del combustible.
d) El coste del sistema de alimentación del combustible.
e) El coste de montaje y conexionado.
f) En el caso de la energía geotérmica el sistema de captación del recurso geotérmico: sondeos, intercambiadores, acumuladores, tuberías, etc.
g) En el caso de redes de distribución de calor con biomasa el coste de la red de distribución de energía térmica (hasta la sala de caldera existente si se conecta a ella o, en el caso contrario, al punto de entrada al edificio) y, si fuese el caso, el coste de los sistemas para la conexión con las salas de calderas existentes. La obra civil necesaria de la sala de calderas.
La fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones será el 31 de octubre de 2019.
La intensidad máxima de la ayuda, según el tipo de beneficiario, será la siguiente:
Beneficiarios | Porcentaje máximo de ayuda |
Entidades locales | 80% |
Entidades jurídicas sin ánimo de lucro (que no realicen actividad económica) y las comunidades de montes | 80% |
Empresas, sus agrupaciones y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica. En el caso de pequeñas empresas, la ayuda se incrementará en 20 puntos porcentuales y en el caso de medianas empresas en 10 puntos porcentuales | 50% |
La cuantía máxima de la ayuda por proyecto de biomasa será de 250.000 €. En proyectos de aerotermia y geotermia la ayuda máxima será de 100.000 € y en solar térmica 15000 €.
La cuantía máxima por beneficiario será de 300.000 euros.
Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se supere el 100% de la inversión subvencionable o, en su caso, el límite máximo establecido en la normativa que resulte de aplicación.